Lunes 30 de Octubre de 2017
El docente es abogado, Magister en derecho con Mención en Derecho de la Empresa y del Trabajo y su exposición en esta oportunidad se centrará precisamente en una temática bastante contingente. Según explica Villalón la economía colaborativa es aquella que se da entre particulares para compartir el uso de bienes y en la cual no está presente la típica relación de consumidor-proveedor, por ejemplo Uber.
En cuanto a la ponencia, ésta pretende indagar acerca de la introducción paulatina de un modelo de negocios relativamente novedoso, principalmente a través de la utilización masiva de plataformas informáticas, los cambios que ha originado en la manera de entender los actos de consumo, los efectos que esto ha ocasionado en diversas áreas de la actividad económica, y cómo se ha enfrentado la necesidad de regulación jurídica de dicho fenómeno.
“El foco de mi ponencia está en la regulación jurídica de estos fenómenos, porque la verdad es que uno podría cuestionarse cosas tan básicas como si se justifica o no aplicar la reglamentación del Derecho del Consumo considerando que no existe una relación de contrato con una empresa u organismo”, destacó el docente.
En lo específico, el docente aclara que “defenderé la idea de que, en principio, en nuestro país no sería necesaria la creación de un régimen normativo especial al efecto de regular esta nueva manera de efectuar el consumo, sin perjuicio de algunos ajustes en la interpretación y aplicación de la normativa especial y general ya existente en materia contractual y de consumo”.