Conoce el reglamento y las fechas de este importante proceso universitario.
La Honorable Junta Directiva de la Universidad Central ha acordado lo siguiente en su sesión número 724, fecha 05 de mayo de 2022.
ACUERDO No 2 VISTOS:
Lo dispuesto en el artículo séptimo y en el artículo transitorio quinto de los Estatutos de la Universidad Central;
Lo dispuesto en el Reglamento para Elección de Representantes Académicos a la Asamblea General, promulgado por Resolución No1013 de fecha 28 de septiembre de 2001;
CONSIDERANDO:
Que es menester dar continuidad a la institucionalidad prevista en los Estatutos aprobados por el Ministerio de Educación con fecha 30 de agosto de 2001, y el Reglamento para Elección de Representantes Académicos a la Asamblea General, aprobado por la Asamblea el 28 de septiembre de 2001;
Que, con la finalidad de que la Asamblea se renueve de acuerdo al Estatuto de la Corporación, corresponde elegir a los representantes de las cinco Facultades;
Que, corresponde que se renueven en el período de cinco años, los representantes de la:
Facultad de: INGENIERIA Y ARQUITECTURA; Facultad de: ECONOMIA, GOBIERNO Y COMUNICACIONES; Facultad de: EDUCACION Y CIENCIAS SOCIALES; Facultad de: DERECHO Y HUMANIDADES; Facultad de: CIENCIAS DE LA SALUD.
SE ACUERDA:
Convocar a elecciones de los Representantes Académicos a la Asamblea General en las cinco Facultades de la Universidad Central de Chile, a saber: a) Facultad de Ingeniería y Arquitectura; b) Facultad de Economía, Gobierno y Comunicaciones; c) Facultad de Educación y Ciencias Sociales; d) Facultad de Derecho y Humanidades; y, e) Facultad de Ciencias de la Salud, a fin de elegir a dos Asambleístas por cada Facultad.
En base a la normativa reglamentaria vigente, tendrán derecho a participar en calidad de electores, los y las docentes de cualquier jerarquía académica que tengan una antigüedad ininterrumpida en la Corporación de a lo menos tres años. Por su parte, quienes deseen postular en calidad de candidatas o candidatos a la Asamblea General, deberán pertenecer a las dos más altas jerarquías académicas y tener a lo menos 8 años de antigüedad ininterrumpida en la institución, además de cumplir con los respectivos requisitos reglamentarios.
Los y las académicas que se encuentren desempeñando la función de Asambleísta, y aún no han completado el periodo de cinco años para el cual fueron electos, es decir, aun les resta un lapso para enterar los referidos cinco años que consagra el Estatuto de la Corporación, tendrán derecho a permanecer en tal calidad hasta completar dicho tiempo. Lo anterior, a fin de respetar íntegramente los derechos electorales y políticos – académicos, de cada uno de ellos y ellas.
El calendario de las distintas etapas del proceso electoral, los órganos electorales y sus facultades, fecha de votación y otras actuaciones pertinentes, se detallan en documento anexo a la presente acta, el cual se entiende que forma parte del presente acuerdo.
Este acuerdo se implementará sin esperar ulterior aprobación del acta respectiva.
ANEXO
FECHA |
ACTO ELECCIONARIO |
RES. 1013/2001 |
Jueves 05 de mayo de 2022 |
Convocatoria para la Elección de Miembros Académicos a la Asamblea General. |
Art.7o |
lunes 09 de mayo de 2022 |
Publicación del Padrón Provisorio de Electores en las respectivas salas de votación via electrónica con banner. |
Art.12o |
Martes 10 al 16 de mayo de 2022 |
Plazo para presentar reclamos por errores de hecho en la conformación del padrón ante la Junta Electoral de Facultad. |
Art.12o |
martes 17 de mayo de 2022 |
Decano respectivo informa al Secretario General el nombre del académico designado por el respectivo Consejo de Facultad para integrar la Junta Electoral Central. |
Art.11o |
martes 17 de mayo de 2022 |
Constitución de la Junta Electoral de Facultad. |
|
jueves 19 de mayo de 2022 |
Constitución de la Junta Electoral Central. |
Art.9o |
martes 17 de mayo de 2022 |
Envío de los reclamos por parte de la Junta Electoral de Facultad a la Junta Electoral Central. |
Art.12o |
miércoles 18 al 23 de mayo de 2022 |
Plazo de la Junta Electoral Central para resolver las reclamaciones, resoluciones que sólo podrán recaer sobre el derecho a voto o derecho a ser elegido del académico. |
Art.12o |
24 de mayo de 2022 |
Plazo máximo para publicación del Padrón Definitivo de Electores. |
Art.13o |
Lunes 09 de mayo al 01 de junio de 2022 |
Plazo máximo de inscripción de candidatos a la Asamblea General, ante la Junta Electoral de cada Facultad. |
Art.6o |
02 de junio de 2022 |
Eliminación de oficio de las inscripciones que no se ajusten a las disposiciones del Reglamento, por la Junta Electoral de Facultad. |
Art.6o |
03y06dejuniode2022 |
Plazo de apelación de las eliminaciones ante la Junta Electoral Central. |
Art. 6o |
08 de junio de 2022 |
Sorteo para designación de integrantes de mesas receptoras de sufragios, a cargo de la Junta Electoral de cada Facultad. |
Art. 17o |
08 al 09 de junio de 2022 |
Período de resolución de las apelaciones por parte de la Junta Electoral Central. |
Art. 6o |
13 de junio de 2022 |
Plazo final para publicar la nómina definitiva de candidatos a la Asamblea, en cada Facultad. |
Art. 6o |
14 de junio de 2022 |
Constitución de mesas receptoras de sufragios. Elección de Presidente y Vocal. Acta de Constitución. |
Art. 15o |
Miércoles 15 de junio de 2022 |
Votación y escrutinio en cada Facultad. |
------ |
16 de junio de 2022 |
Remisión de las actas de escrutinios a la Junta Electoral Central. |
Art. 25o |
23 de junio de 2022 |
Eventual segunda vuelta en casos de empates |
Art. 26o |
28 de junio de 2022 |
Proclamación de Electos |
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