Martes 16 de Junio de 2020
La reunión se realizará este miércoles 17 de junio de 2020, en el horario protegido (14:15 - 15:35 hrs) a través de la plataforma Teams.
Por encargo del Decano de la Facultad de Educación y Ciencias Sociales, Jaime Veas Sánchez, se cita a Consejo Académico de Facultad (C.A.F.), para el día miércoles 17 de junio de 2020, en el horario protegido (14:15 - 15:35 hrs). La reunión se desarrollará en a través de la plataforma Teams, a quienes conforman este Consejo, les será enviado el link de ingreso.
Los C.A.F. están regulados por la RESOLUCIÓN Nº 3909/2018, que modificó el reglamento general sobre la organización académica de nuestra Universidad. En ella, se establece que "en cada Facultad existirá un Consejo Académico de la facultad y un Consejo de Facultad, ambos resolutivos en las materias de su competencia".
De esta forma, se establece que el Consejo Académico de Facultad es un Organismo Resolutivo, que colaborará con el Decano/a en la resolución de los problemas que a este respecto afecten a la Facultad. Estará presidido por el Decano e integrado por:
a) El Secretario/a de Facultad;
b) Los Directores/as de Escuelas, Institutos y Centros de Estudios de la Facultad;
c) Los Directores/as de Departamentos;
d) Los Coordinadores/as de Facultad en la Sede;
e) Un Académico por Escuela designado por el propio Consejo Académico de Facultad, de entre aquellos que tengan una antigüedad mínima de ocho años en la Universidad Central, pudiendo tener el carácter de discontinuos. De existir sólo un Escuela en la Facultad, el número de académicos se elevará a dos. Este representante se desempeñará como Consejero/a por el período de tres años, pudiendo ser designado nuevamente.
En caso de ausencia del Presidente/a, será subrogado por el Secretario/a de la Facultad.
Podrán ser oídas en calidad de invitadas a las sesiones del Consejo, a requerimiento del Presidente/a, aquellas personas, que teniendo conocimientos relevantes sobre las materias a tratar, se estime necesaria su opinión.
Son funciones y atribuciones del Consejo Académico de Facultad el pronunciarse sobre las propuestas del Decano/a/ respecto de:
1. Los programas de docencia, investigación y extensión que elaboren las estructuras académicas de la Facultad.
2. Los planes y programas de estudios profesionales, de grados académicos y de capacitación que incumban a la respectiva Facultad, como asimismo la creación y supresión de carreras, grados y cursos.
3. Los procedimientos y requisitos que deben cumplirse en las postulaciones para actividades de perfeccionamiento y actualización de conocimientos de los miembros de la Facultad.
El Consejo Académico de Facultad será convocado por el Decano/a de la Facultad y sesionará a los menos una vez por semestre académico, previa citación incluyendo una tabla con las materias a tratar. Podrá sesionar también cuando así lo solicite por escrito al Decano la mayoría simple de sus integrantes, señalando las materias que deben incluirse en la convocatoria.
Los acuerdos se adoptarán por la mayoría absoluta, salvo en las materias que requieran quórum especial. En caso de empate, se deberá aplicar el procedimiento del Consejo Académico de la Facultad, y a falta de éste, el voto dirimente de su Presidente.
El quórum para sesionar será la mayoría absoluta de sus miembros. En caso de no constituirse después de la tercera citación en conformidad con el procedimiento que establezcan las normas reglamentarias sobre la materia, se entenderá aprobada la propuesta del Decano/a sometida al escrutinio del Consejo.
La inasistencia de un Consejero/a a dos sesiones, sin previo aviso, motivará una amonestación del Consejo Académico de Facultad. La inasistencia a tres sesiones durante un año académico, sin previo aviso o sin motivos justificados, será causal de cesación en el cargo del Consejero, procediéndose a su reemplazo, de acuerdo al procedimiento que para cada caso se establezca en la reglamentación respectiva.
De esta forma, para este primer C.A.F. del año 2020, se cita a: