Lunes 7 de Junio de 2021
Trabajo Social realizó un interesante seminario, en el marco de un proyecto de VcM con el mismo nombre, en conjunto con Fundación Selenna.
Y es que “cuando no se conocen los conceptos básicos llama a confusión”, advirtió la trabajadora social de Fundación Selenna, Andrea Ahumada, quien además es madre de una niña transgénero. La profesional explicó qué puede entenderse por transición: “Se refiere a un proceso de múltiples pasos y de tiempos indefinidos (de acuerdo a cada persona), mediante el cual una persona trans alinea su expresión de género y/o adecuación de anatomía con su identidad de género”. Este es un “proceso que no termina nunca, es distinto para cada persona”, por lo que el rol del trabajador social es fundamental ya que “va a identificar los factores que pueden influir en el proceso de transición”. “Transición es un proceso, no es inmediato; con dificultades; que debe ser médica o biológica; es social, familiar y escolar (...) se hace con familia nuclear, familia extendida, colegio, sociedad independiente de la etapa de vida que se encuentra la persona pueda ser apoyada por la familia”. “Ninguna transición es mejor que otra”, enfatizó.
Ahumada comentó que “ojalá que no tuvieran que existir leyes de inclusión. Si hay inclusión es porque hay exclusión”. El psicólogo de la Fundación Selenna Mg. Pablo Ignacio Maolchatha destacó que “no hay nada a ciencia cierta que nos diga si una persona va a ser trans o no. La mirada biológica sola la consideramos (y mucho) al hacer procesos médicos/biológicos”; sin embargo, “no existen test psicológicos que nos puedan identificar la identidad de una persona”. Por lo mismo es fundamental “cuidar las micro-agresiones, desde minimizar la identidad sexual, presumir que por ser trans está enfermo, cuidar estereotipos, presumir que necesita terapia”, por ejemplo.
La abogada de la Clínica Jurídica UCEN, Maite Arauco, invitó a “dejar de hablar de minorías” y a consagran el “derecho a la identidad de género”, en una nueva constitución, ya que los “derechos fundamentales se justifican en la dignidad humana (...) y debiese estar reconocida como tal”. La jurista explicó que la Ley N 21.120 del 10 de diciembre de 2018 “reconoce y da protección al derecho a la identidad de género” y a nivel escolar existe una circular 0768 de la Superintendencia de Educación del 27 de abril de 2017 “donde se establecen principios básicos de los niños. Mismos que están reconocidos por tratados internacionales vigentes y ratificados. Se establecen medidas básicas de apoyo que deben implementar las instituciones educativas en caso de estudiantes transgénero”. Sin embargo, esta regula desde los 14 años y estas muchas veces no son conocidas por los establecimientos escolares, por lo que no se cumplen. “Es necesaria una supervigilancia del cumplimiento de estos, así como la promoción, protección y difusión de todas las medidas que se requieran”, enfatizó.
En la actualidad, para “activar” esta circular el apoderado deberá solicitar una reunión con la máxima autoridad del establecimiento, quien tiene 5 días hábiles para reunirse. En esta instancia se realizan actas simples con plazos de implementación: “Toda medida debe ser adoptada con el consentimiento del niño o niña”, explicó Andrea Ahumada. Si bien aún queda camino por recorrer, se establece el “piso mínimo que garantiza que estudiantes trans tengan los mismos derechos que el resto de los estudiantes”, comentó.
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