Miércoles 4 de Agosto de 2021
La profesora Mylene Valenzuela y el director del área de Derecho Público, José Ignacio Nuñez, presentaron frente a la comisión de Reglamento sobre estándares para incluir derechos a personas en situación de discapacidad.
Dos docentes de Derecho tuvieron la posibilidad de presentar el miércoles 4 de agosto, en la décimo primera reunión de la Comisión de Reglamento de la Convención Constitucional (CC), en el marco del panel de audiencias públicas. La profesora Mylene Valenzuela y el director del área de Derecho Público, Dr. José Ignacio Nuñez, expusieron sobre estándares para un reglamento inclusivo para personas en situación de discapacidad.
“De la misma manera en que existen diversos grupos marginados que hoy han encontrado un espacio de reconocimiento en el trabajo de la CC, las personas con discapacidad requieren un tratamiento especial para permitir la proyección de sus intereses en el texto de la nueva Carta Fundamental”, explicó el profesor Núñez al inicio de la intervención. “Por lo tanto, resulta indispensable asegurar mecanismos de participación e interacción durante el trabajo de la la CC, que aseguren que sus necesidades sean visibles y adecuadamente ponderadas por las decisiones de fondo que adopte este órgano”, advirtió.
La profesora Valenzuela hizo referencia a tres temas: enfoques y modelos; marco normativo que tiene que regir al Estado chileno; principios y derechos rectores de la convención, destacando que “ha habido un cambio de paradigma desde el modelo de enfermedad, modelo médico, al modelo social de derecho. Hoy día la discapacidad es una categoría protegida, reforzada por los Tratados Internacionales de Derechos Humanos. Ha centrado la discapacidad ya no en las carencias de las personas, si no que más bien en el funcionamiento. Ya no es un problema de las personas, son obstáculos que se establecen en el entorno, en el medio”.
La académica explicó la nueva metodología en el ámbito internacional “metodología enfoque interseccional de los DDHH”, en la que se consideran las distintas formas de discriminación que puede sufrir una persona, dando el ejemplo en una mujer con discapacidad, migrante, procediente de pueblos indígenas.
En esta instancia de participación nacional, debiese considerarse como principios rectores “el respeto por diferencia y valoración de discapacidad como parte de diversidad y condición humana”, “el respeto a la dignidad inherente, individual, incluida la capacidad de tomar propias decisiones”; reconocer que son “personas con capacidad jurídica completa, plena”, por lo que nuestro modelo debiese ser uno de “toma de decisiones con apoyo”: medios tecnológicos, intérprete, lengua de señas.
La profesora llamó a utilizar lenguaje correcto e incluso, evitando las etiquetas y prejuicios; preguntar el medio por el cuál se requiere recibir información, contar con facilitadores del proceso. La importancia de plantear el tema en la comisión de Reglamento es que el texto que discipline el funcionamiento de la CC será sustantivo en el enfoque que tendrán las instituciones chilenas en el futuro.
“El reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad en la nueva Carta Fundamental constituye una oportunidad histórica para saldar un déficit democrático que existe en Chile, que es el país -junto a Haití- que no contempla ningún derecho específico para personas con discapacidad”, destacó el Dr. Núñez. Asimismo, y según el Derecho Internacional en temas de Derechos Humanos sería relevante “dotar de una orgánica eficaz y pertinente para asegurar el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad en los mecanismos de transparencia, rendición de cuentas, acceso a información pública y demases que se adopten en esta convención”. En esa línea, será clave definir “qué rol va a tener el Estado chileno respecto a la discapacidad: pasivo o activo en relación a establecer obligaciones concretas”, dijo el profesor.