En ese orden de ideas, y con el propósito de disipar si ¿la protección de datos personales es una nueva facultad del CPLT? Es importante señalar que el CPLT desde al año 2011, en ejercicio de la atribución de la ley de transparencia ha desarrollado un conjunto de recomendaciones sobre la protección de datos personales por parte de los órganos de la Administración del Estado, como consecuencia de la recurrencia de casos de accesos ilegales a registros administrados por órganos del Estado respecto de datos de los ciudadanos. Lo anterior, es el argumento principal para que, por continuidad a la experiencia acumulada por el CPLT, éste continúe garantizando el debido cumplimiento de la ley de protección de datos de carácter personal y, además, pueda unificar criterios entre el acceso de la información y la protección de datos. Sin embargo, hay que esperar el resultado final de la reforma discutida actualmente en el Congreso.
Lorayne Finol Romero
Académica
Ucentral Región de Coquimbo