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Crédito con Aval del Estado - CAE

¿Qué es el CAE?

Es un beneficio del Estado que se otorga a estudiantes de probado mérito académico que necesitan apoyo financiero para iniciar o continuar una carrera en alguna de las instituciones de educación superior (IES) acreditadas que forman parte del Sistema de Crédito con Garantía Estatal.

Su principal característica es que este crédito que entrega el sistema financiero, está garantizado:

  • Por la institución en la que está matriculado el estudiante (por el riesgo de deserción académica), es decir por la Universidad y
  • Por el Estado, que será garante del beneficiario, hasta que éste haya pagado por completo el crédito una vez egresado. El beneficio consiste en la garantía o respaldo que se otorga a los estudiantes que solicitan el financiamiento y que lo obtienen a través de un proceso de asignación que se rige por normas establecidas por ley. En términos prácticos, esto se traduce en una tasa de interés fija y subsidiada por el Estado del 2% anual; acceso a financiamiento bancario durante toda la carrera para estudiantes que usualmente no tienen solvencia suficiente, como personas de bajos ingresos o quienes están en Dicom; un período de gracia que se extiende por lo que dura la carrera más 18 meses desde el egreso antes de que se inicie el cobro; además de un conjunto de derechos: a cambiar una vez de carrera/institución; a hacer continuidad de estudios con el mismo beneficio; a suspender el pago por 6 meses (período renovable) en caso de cesantía o desempleo; y a solicitar que las cuotas no excedan el 10% de la renta promedio del último año.

 

¿Cuál es la diferencia entre la garantía de la Universidad y la del Estado?

Usualmente, para que una persona pueda acceder a un crédito privado, se le exige un aval con ciertos ingresos que aseguren el pago de la deuda. Esto es especialmente válido en el caso de estudiantes. En este sistema de financiamiento estudiantil, el garante de los beneficiarios es la U., y el Estado. Las universidades otorgan una garantía académica, asegurando el pago en la eventualidad de que el estudiante abandone los estudios, mientras que el Estado es aval del beneficiario (garantía estatal) hasta que éste haya pagado por completo el crédito. Ambas garantías en ningún caso significan condonar o "perdonar" la deuda. El responsable del pago será siempre el estudiante, de manera que si la institución de educación superior o el Fisco se ven obligados a pagar el Crédito de un beneficiario, tendrán luego todas las atribuciones legales para exigirle a éste la devolución del dinero.

 

¿Quién establece los méritos académicos para postular al CAE?

Las exigencias mínimas están reglamentadas por ley (Ley 20.027), y su Reglamento, y por lo que establece cada institución de educación superior.

 

¿El crédito es en $$$ o en UF?

Se otorga en UF.

 

¿Qué tasa de interés se aplica al crédito?

Desde 2012, la tasa de interés del Crédito es de UF + 2% anual.

 

¿Cómo se pondera el rendimiento versus el nivel socioeconómico?

Los requisitos académicos establecidos por ley para otorgar este beneficio sólo operan como un filtro para determinar si los postulantes son o no son elegibles. El nivel socioeconómico es el único parámetro que finalmente se utiliza para asignar el crédito. La Comisión Ingresa ordenará a todos los postulantes elegibles académicamente en estricto orden socioeconómico, partiendo por aquellos que tienen mayores necesidades de financiamiento.

 

¿Qué nivel de ingresos debe tener mi grupo familiar para acceder al CAE?

No existe un nivel de ingresos familiares preestablecido para obtener el Crédito. El beneficio se asigna cada año hasta donde alcancen los recursos presupuestarios disponibles y las vacantes para estudiantes con Crédito en las instituciones de Educación Superior.

 

¿El CAE se otorga por un año o por todo lo que dura la carrera?

El CAE cubre la malla curricular completa de la carrera. Si obtienes el financiamiento, no necesitas postular cada año. Basta que renueves el Crédito, matriculándote con derecho al CAE en tu institución y detallando en www.ingresa.cl el monto que vas a necesitar para el año siguiente.

 

¿Quiénes pueden postular a este crédito?

Pueden postular tanto los estudiantes que ingresarán a primer año de la educación superior como aquellos que ya se encuentran cursando una carrera de pregrado en alguna institución de educación superior que participa en el Sistema.

 

¿Cuáles son los requisitos para obtener el crédito?

  • Ser chileno o extranjero con residencia definitiva en el país.
  • Condiciones socio-económicas del grupo familiar que justifiquen el otorgamiento del beneficio.
  • Matricularse en una carrera de pregrado en una institución de educación superior autónoma, acreditada y que participe del Sistema de Créditos con Garantía Estatal.
  • No haber egresado de una carrera universitaria conducente al grado de licenciado, que haya sido financiada con el Fondo Solidario de Crédito Universitario y/o con este mismo crédito.
  • Mérito académico. Las exigencias mínimas son:

 

Para estudiantes que ingresan a primer año:

  • Un puntaje mayor a 475 puntos (promedio Lenguaje y Matemática), en la PSU 2015, 2014 ó 2013.

 

Para estudiantes de curso superior:

  • Haber cumplido el 70% del total de créditos o cursos inscritos en los últimos dos semestres cursados y concluidos en la institución (o año, en el caso de carreras anuales).
  • Contar con el respaldo de la U. para esta postulación como estudiante de curso superior.

 

¿Puedo acceder al CAE si mis padres están en DICOM?

No hay inconveniente, puesto que para los efectos de este Crédito, tus garantes serán la institución de educación superior en la que cursas o cursarás tu carrera, y el Estado.

 

¿Cursé estudios con este mismo crédito anteriormente puedo obtener un nuevo CAE?

Sí, puedes acceder nuevamente a esta ayuda estudiantil en la medida que no estés egresado de una carrera conducente al grado de licenciado, que hayas financiado con el Fondo Solidario o con este mismo Crédito; y siempre que cumplas los requisitos establecidos por ley para acceder al CAE. Asimismo debes estar y mantenerte al día en el pago de tu deuda de tu Crédito anterior.

 

¿Si tengo beca del Estado la puedo complementar con este crédito?

Sí. Todas las ayudas estudiantiles del Estado (becas, Fondo Solidario y Crédito con Garantía Estatal) se complementan entre sí. En el caso de las becas, la parte del arancel que no se encuentra cubierto, puede ser financiado con CAE, el que tendrá como monto máximo el equivalente al 100% del arancel de referencia de la carrera.

 

¿Soy menor de edad puedo obtener el crédito?

Sí, no existe limitación a este respecto, pero la firma de la documentación del crédito la deberá hacer tu apoderado o representante legal. En todo caso, este apoderado firma en nombre tuyo, puesto que para los efectos legales, el deudor será siempre el estudiante.

 

¿Estoy cursando una carrera , me quiero cambiar a otra. Postulo como alumno de primer año o como alumno de curso superior?

Si el cambio significará que ingresas a primer año de una carrera, debes postular en el período que corresponde a los estudiantes de primer año. Si la nueva carrera que deseas cursar se imparte en universidad, deberás acreditar un promedio (lenguaje-matemáticas) de 475 en cualquiera de las tres últimas PSU, aunque tengas estudios anteriores. Si el cambio implicará que te convalidarían ramos y serás matriculado de segundo año de estudios en adelante, debes postular como estudiante de curso superior y deberás contar con el respaldo de la casa de estudios para esta postulación.

 

¿El CAE cubre la matrícula?

No. La matrícula debe ser financiada directamente por el estudiante

 

¿Cuánto monto debo pedir?

Puedes pedir el monto que se ajuste a tus necesidades, considerando que el mínimo es $200.000 anual y el máximo es el monto equivalente al 100% del Arancel de Referencia, establecido anualmente por el Ministerio de Educación para cada carrera e institución.

 

¿El monto del arancel de referencia cubre toda la carrera?

No siempre. Normalmente el Arancel de Referencia es menor que el arancel real de la carrera. La diferencia la debe financiar el estudiante.

 

¿Para qué debo firmar en el Banco?

Porque debes declarar de manera expresa y formal (a través de documentos) que aceptas este crédito otorgado por una institución financiera y que te comprometes a pagarlo en los plazos establecidos por la Ley 20.027. Para eso es necesario que firmes el contrato que te permitirá obtener el financiamiento para tu carrera. Si no realizas este trámite, el banco no puede otorgarte el crédito y por tanto, pierdes el beneficio, debiendo postular nuevamente para obtenerlo.

 

¿Es necesario firmar cada año en el Banco?

No, sólo firmarás en el banco el año en que accedes al crédito por primera vez. En lo sucesivo, sólo deberás renovar el beneficio, matriculándote para el año siguiente e indicando en www.ingresa.cl el monto que vas a necesitar para cubrir ese año, en las fechas que Comisión Ingresa determine oportunamente.

 

¿Puedo cambiarme de carrera y no perder el CAE?

Sí, pero sólo una vez. El cambio de carrera/institución será contabilizado para efectos del Crédito, sólo en el caso de que el estudiante utilice efectivamente el beneficio en la nueva carrera o institución.