Santiago, 23 de julio de 2021

 
 

Retorno a actividades presenciales

Junto con saludar cordialmente, y con el propósito de abordar debidamente lo establecido en el Ordinario N°5567 de la Subsecretaría de Educación Superior, que hace referencia a las fiscalizaciones a las que serán sometidas las instituciones de educación superior, como también las recomendaciones para la realización de actividades presenciales, e insta a las IES a retornar decididamente y en la mayor escala posible a la presencialidad este segundo semestre académico, la administración superior de la Universidad ha dispuesto lo siguiente:

  1. El retorno a las actividades presenciales se llevará a efecto a contar del día lunes 23 de agosto de 2021, tanto para las sedes de Santiago y Coquimbo.
  2. El retorno a la presencialidad implica, respecto de las actividades académicas, que las clases se desarrollarán en las modalidades presencial, mixta (híbrida) y online. Las modalidades indicadas serán definidas por cada Facultad de acuerdo a la naturaleza de su disciplina e informada a los estudiantes siguiendo los lineamientos y la coordinación de la Dirección General Académica.
  3. La presencialidad estará vinculada específicamente a las actividades de docencia, atención de público y de estudiantes, lo cual debe ser definido por cada facultad, vicerrectoría o unidad corporativa, siguiendo los lineamientos institucionales que definan a este respecto. Para las unidades en que no se requiera estrictamente su presencia, no será obligatoria su concurrencia. Por otra parte, se mantendrá el carácter presencial de todas aquellas actividades que a la fecha se consideran como esenciales (servicios, aseo, mantenimiento).
  4. El retorno a la presencialidad, semipresecialidad o mantención online cuando corresponda, respetará la normativa de carácter laboral y, en particular, las indicaciones de la Ley 21.342. En virtud de lo señalado, la Dirección de Recursos Humanos enviará un correo de aviso con 30 días de anticipación, a cada funcionario(a), mediante el email DRRHHanexocontrato@ucentral.cl, para su debida reincorporación en la modalidad que corresponda. Posteriormente, será formalizado mediante un anexo de contrato, a excepción de quienes hayan presentado las acreditaciones respecto de la Ley 21.342 y lo establecido en el punto 3 precedente. En el evento que entre en vigencia alguna norma que establezca nuevas situaciones que impidan a un trabajador(a) el retorno presencial, la Universidad le dará plena observancia.
  5. En caso de funcionarios(as) y académicos(as) que tengan la intención de reincorporarse a sus labores presenciales previamente a los 30 días, podrán hacerlo a partir del día lunes 02 de agosto y deberán informar a su jefatura directa, quien comunicará a la Dirección de Recursos Humanos para su formalización contractual.
  6. En la planificación del retorno a la presencialidad, se privilegiará la aplicación de horarios diferidos en bloques de jornada o turnos diarios que permitan evitar aglomeraciones, cuyo detalle les será informado oportunamente.
  7. La Universidad continuará aplicando todas las medidas de orden sanitario y preventivo que han sido difundidas a través de los medios institucionales, incorporando las indicaciones del oficio Ordinario N°5567 de la Subsecretaría de Educación Superior, señalado en el presente comunicado, que recomienda buenas prácticas y medidas de control sanitario, cuya difusión será complementada con una campaña de comunicación en esta materia.
  8. La Universidad mantendrá el debido seguimiento y evaluación de las medidas mencionadas con el objetivo de resguardar la integridad y protección de sus estudiantes, funcionarios(as) y académicos(as) efectuando los ajustes que corresponda.
  9. En caso de consultas, favor contactarse al email
    DRRHHanexocontrato@ucentral.cl

Atentamente,


Santiago González Larraín
Rector
Universidad Central